Derechos humanos: justicia y reparación

Ricardo Lorenzetti
Alfredo Kraut

Fragmento

Prefacio

PREFACIO

En este libro pretendemos hacer conocer al público en general la experiencia argentina en la investigación judicial de los crímenes cometidos durante la dictadura militar que se extendió desde 1976 hasta 1983.

El elemento jurídico determinante en la apertura de este proceso es la noción de “delitos de lesa humanidad”, fi gura excepcionalísima en el derecho penal que permite declarar que estos crímenes no prescriben y no pueden ser amnistiados ni indultados. Explicamos sus fundamentos en el capítulo primero.

La complejidad del contexto decisivo para la aplicación de esta figura explica que, a pesar de que muchos países han vivido tragedias similares, pocos han abierto la investigación sin limitaciones. Por ello, dedicamos el segundo capítulo a indagar las razones que llevaron al fenómeno argentino, mostrando que ha sido un camino trabajoso fundado en la determinación de una sociedad de poner fin a la impunidad.

Este proceso se inició durante la dictadura con la lucha valiente de hombres y mujeres que comenzaron a denunciar lo que ocurría, con el surgimiento de las organizaciones de derechos humanos y con los juicios que se abrieron en jurisdicciones extranjeras. En los primeros pasos de la democracia continuó con el informe de la CONADEP, el juicio a las juntas militares, los juicios por la verdad, aunque también hubo retrocesos por las leyes de amnistía y los indultos. Poco a poco empezó a generalizarse la idea de la memoria, la necesidad de investigar la verdad y de castigar los crímenes, tarea en la que contribuyeron los líderes de los organismos de derechos humanos, periodistas, artistas, políticos, abogados, jueces y miles de ciudadanos que se fueron sumando a una marcha que resultó indetenible. La cultura y la conciencia social se transformaron, progresivamente, hasta llegar a las instituciones. Este grado de maduración permitió que tanto el poder ejecutivo, como el legislativo y el judicial expresaran su voluntad de terminar con la impunidad. Por eso, decimos que los juicios de lesa humanidad forman parte del contrato social de los argentinos y constituyen una decisión colectiva, un consenso que va más allá de cada dirigente, que no tiene dueño y que, como dijimos antes, nadie puede ya impedir.

Hubo sentencias judiciales de jueces valientes que fueron buscando distintos modos de abrir procesos dentro del derecho vigente y que consignamos en el capítulo tercero. Luego, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó tres sentencias trascendentes que declararon la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y la inconstitucionalidad de las leyes de amnistía y de los indultos, todo lo cual se desarrolla en el capítulo cuarto.

Estas sentencias posibilitaron la apertura de investigaciones judiciales en todos los lugares del país donde hubo centros clandestinos de detención. Esta situación planteó otro tipo de problemas organizativos: fue necesario organizar los tribunales para atender estas demandas sociales, preparar salas de audiencias, proteger a testigos, producir pruebas difíciles. Por esta razón, la Corte Suprema organizó una comisión convocando a otros poderes del Estado a fin de trabajar en el diseño de la infraestructura necesaria para lograrlo.

Hemos sintetizado, además, los principales casos, ordenándolos en función de la jurisdicción de las cámaras federales y dando un panorama lo más completo posible de cada uno de ellos, a fin de que se tenga una idea clara de la magnitud y extensión de lo actuado en el poder judicial.

Es decisivo precisar que no se juzgan ideologías o posiciones políticas, sino desapariciones, torturas, violaciones, apropiación de niños y otros crímenes de lesa humanidad cometidos principalmente en los centros clandestinos de detención.

Es fundamental señalar que no hay leyes ni tribunales especiales, sino el derecho vigente aplicado por los jueces naturales como corresponde a cualquier ciudadano y respetando las reglas del debido proceso.

Es relevante recordar que no se trata solo de juzgar el pasado, sino de fundar las bases del futuro, para que nuestros hijos y nuestros nietos puedan disentir libremente en una sociedad democrática, sin que el Estado los persiga, los torture o los haga desaparecer. De ahí, la importancia de la difusión y la publicidad de estos procesos, para lo cual se han realizado filmaciones y se ha puesto a disposición de la sociedad una página web donde se encuentra una amplísima información de cada juicio y de cada sentencia, así como de la situación en los centros clandestinos de detención.

Este libro no está destinado, entonces, solamente a quienes han vivido o viven aún esta experiencia; tiene por finalidad que las generaciones futuras puedan conocer lo sucedido, alimentar la memoria y ser firmes en la defensa del Estado de Derecho.

Agradecemos especialmente al magistrado español Baltasar Garzón Real por su prólogo, por la ayuda brindada a nuestro país en momentos difíciles y por su lucha inclaudicable en pos de un derecho justo, capaz de detener el odio y la persecución.

En conclusión, a todas aquellas personas que valiente y pacientemente han batallado durante décadas contra el olvido en procura de verdad, justicia y reparación. En este sentido, debemos destacar la lucha inclaudicable de los familiares de las miles de víctimas (también damnificados), los sobrevivientes, los exiliados y, en especial, los organismos de derechos humanos que han permitido sostener la memoria, con sus heridas abiertas que se intenta cicatrizar con la justicia.

Asimismo, cabe reconocer a todos aquellos que habilitan la tramitación de los juicios por crímenes de lesa humanidad dotándolos de absoluta legalidad —partes, testigos, jueces y sus colaboradores, abogados, fiscales, defensores oficiales, los funcionarios que trabajan la temática de los derechos humanos en los distintos poderes, el Equipo Argentino de Antropología Forense, médicos forenses, entre tantos otros—, en procura de justicia que, a su vez, opera como prevención de nuevas violaciones a los derechos humanos. En definitiva, estos procesos consolidan el estado de derecho y fortalecen la democracia.

Agradecemos también a los investigadores, académicos y realizadores artísticos que estudian este tema proporcionando las herramientas para desentrañar y evocar los sucesos de la época y reconstruirlos para que nunca se repitan.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ALFREDO JORGE KRAUT

Prologo

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