Prólogo
Cuando en 1975 terminó el franquismo y se inició la Transición, la historia del País Vasco, sobre todo de los últimos siglos, estaba en gran medida por escribir. En el lustro siguiente la historiografía vasca dio un salto cualitativo con la publicación de varias obras fundamentales (monografías de historiadores consideradas clásicas hoy en día), que pusieron los cimientos para construir una nueva visión sobre el pasado de los vascos, en especial referida a los siglos XVIII y XIX, en el tránsito de la Edad Moderna a la Contemporánea y en el período de la Restauración (1875-1923), cuando se sentaron las bases de la sociedad vasca actual. Sin embargo, fueron otros autores los que publicaron las síntesis históricas del País Vasco aparecidas en los años de la Transición: eran obras ideologizadas escritas por historiadores no profesionales (políticos en algunos casos), continuando así la tradición de una historia vasca ad probandum, como señaló en su día Julio Caro Baroja, el padre de la moderna historiografía vasca.
Desde entonces y a lo largo de los cuatro últimos decenios, que coinciden con la autonomía de Euskadi y con la fundación y el crecimiento de la Universidad del País Vasco, se ha producido una auténtica eclosión de estudios históricos, hasta el punto de que la historiografía vasca ha recuperado el considerable retraso del que partía y se ha homologado con otras de su entorno. Pero la abundancia de excelentes monografías de investigación (muchas de ellas, tesis doctorales) no fue acompañada de buenas síntesis históricas, que apenas existían o continuaban siendo más literatura histórica militante que historiografía propiamente dicha.
Esta carencia empezó a paliarse en la primera década del siglo XXI con la publicación de varias historias generales y obras de síntesis, unas desde la Antigüedad hasta nuestros días y otras centradas en la contemporaneidad, que es la época sobre la que se ha publicado más con diferencia y la que más ha interesado conocer, en parte debido a la candente cuestión vasca desde la Transición hasta la reciente desaparición de ETA. Aun así, consideramos que siguen haciendo falta buenas obras de divulgación, que den a conocer de forma sintética y amena al gran público las investigaciones históricas realizadas en los últimos cuarenta y cinco años, arrumbando viejos tópicos y mitos de larga duración y cumpliendo la función de racionalización del pasado propia de los historiadores, necesaria para comprender mejor el presente.
Fruto del interés que compartimos por hacer síntesis interpretativas, que ofrezcan el estado de la cuestión con rigor y objetividad, es esta Breve historia de Euskadi que presentamos. Esta nueva edición amplía y actualiza la primera de 2011. Como no pretendemos abarcarlo todo en ella, comenzamos por especificar su ámbito espacial y temporal. Entendemos por Euskadi (término que utilizamos como sinónimo de País Vasco) el territorio de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que fue denominado Provincias Vascongadas en el siglo XIX y que, desde el Estatuto de Guernica de 1979, forman la actual Comunidad Autónoma del País Vasco. Por consiguiente, en este libro no incluimos la historia de Navarra, sin perjuicio de que nos refiramos a ella cuando sea necesario, al tratar de los Fueros y las guerras carlistas en el siglo XIX o del nacionalismo vasco en el siglo XX, ni tampoco la del País Vasco francés.
Cronológicamente, esta obra se centra en la Edad Contemporánea, si bien el primer capítulo se dedica a explicar la situación del país de los Fueros en el siglo XVIII, cuando, al desaparecer los Fueros de la Corona de Aragón tras la Guerra de Sucesión, las llamadas Provincias exentas quedaron como algo excepcional en la Monarquía española del Antiguo Régimen. Partiendo de la crisis de ésta, en los capítulos siguientes estudiamos cuatro ciclos o períodos históricos desde la Guerra de la Independencia hasta nuestros días.
El primero es el ciclo bélico, entre los años 1808 y 1876, en el cual se trató de compatibilizar y adaptar los antiguos Fueros vascos a las nuevas constituciones liberales españolas, tarea que no fue sencilla y que dio lugar a la cuestión vascongada, agravada por las guerras carlistas, cuyo principal escenario fue el territorio vasco-navarro. Dichas guerras no fueron guerras forales, pero su desenlace resultó decisivo primero para la modificación de los Fueros y después para su abolición por Cánovas del Castillo en 1876-1877.
El segundo es el ciclo que abarca la Monarquía de la Restauración y la Segunda República, desde 1876 hasta 1936-1937, años en los que surgió y se consolidó el pluralismo vasco durante seis decenios de paz entre dos guerras civiles, entre el final de las carlistadas decimonónicas y el estallido de la Guerra Civil por antonomasia. En 1878 el régimen foral fue sustituido por los Conciertos económicos, una amplia autonomía fiscal y administrativa, pero no política, que favoreció la industrialización de las provincias costeras, la cual trajo aparejada el pluralismo político, social y cultural, partiendo del Bilbao de finales del siglo XIX, cuna del socialismo y del nacionalismo, y expandiéndose por el resto de Euskadi en el primer tercio del siglo XX. Dicho pluralismo culminó en la República con la aprobación del efímero Estatuto de 1936 y la formación del primer Gobierno vasco de la historia en plena Guerra Civil.
Ésta marcó la mayor ruptura de la Edad Contemporánea y abrió un nuevo ciclo, en el que incluimos la larga Dictadura de Franco, que liquidó ese pluralismo con la represión y el exilio de los vencidos en el conflicto bélico, pero que dispuso de élites y cierta base social en el País Vasco, y también los conflictivos años de la Transición, que supusieron la recuperación de la democracia en España con la Constitución de 1978 y de la autonomía en Euskadi con el Estatuto de 1979, restableciéndose las instituciones forales y los Conciertos (derogados por Franco para Guipúzcoa y Vizcaya en 1937).
En esta nueva edición hemos sustituido el breve epílogo de la primera por un último capítulo sobre la Historia del Tiempo Presente, esto es, la Euskadi actual, construida desde 1980 por las nuevas instituciones autonómicas: el Gobierno y el Parlamento de Vitoria. Son ya cuatro décadas de autogobierno vasco, en las que se han sucedido cinco lehendakaris (cuatro del PNV y uno del PSE) y once elecciones autonómicas. Si bien con una neta hegemonía nacionalista, éstas han reflejado la pluralidad social y política de Euskadi, pluralidad que ha estado lastrada por el terrorismo de ETA. Y concluimos ampliando y actualizando una detallada cronología de los dos últimos siglos y la bibliografía, que refleja el gran desarrollo alcanzado por la historiografía vasca desde 1975 hasta la actualidad.
Aun habiendo escrito cada autor una parte, la autoría de esta obra es conjunta, pues la hemos revisado los tres, asumiendo un proyecto común: hacer una historia narrativa, que explique y analice las líneas fundamentales de la evolución del País Vasco contemporáneo, utilizando como hilo conductor la historia política, pero integrando también los aspectos económicos y sociales, culturales y religiosos, en una síntesis global coherente, que no sea una mera yuxtaposición de esas distintas partes de la historia.
Para ello, hemos hecho hincapié en los Fueros a lo largo del siglo XIX y en la cuestión de la autonomía en el XX, el siglo de Euskadi, en el sentido de que fue en esta centuria cuando se produjo el nacimiento de Euskadi como una realidad institucional con los Estatutos de 1936 y, sobre todo, de 1979, con sus sucesivos Gobiernos autónomos. Y como ideas clave hemos tenido en cuenta el proceso de modernización socioeconómica y el desarrollo del pluralismo político, convertido en la principal seña de identidad de la Euskadi del siglo XX y de los albores del siglo XXI.
JOSÉ LUIS DE LA GRANJA, SANTIAGO DE PABLO
Y CORO RUBIO POBES
Bilbao, Vitoria-Gasteiz y Donostia-San Sebastián,
enero de 2020
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Introducción: el país de los Fueros
El siglo XVIII, el Siglo de las Luces o de la Ilustración, el último de la Edad Moderna y del Antiguo Régimen, fue el siglo en el que se originó el particularismo vasco, se reforzaron las jurisdicciones provinciales y cristalizó la cultura foral con la que las provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya entraron en la Edad Contemporánea, condicionando su dinámica en ella. Se trata, por consiguiente, de una centuria fundamental para poder entender la contemporaneidad vasca, pues ésta hunde indiscutiblemente sus raíces en el siglo XVIII.
Comenzó la centuria con un conflicto bélico de dimensiones internacionales, la Guerra de Sucesión (1701/1702-1713/1714), y la introducción de una nueva dinastía en la Corona de España, la Casa de Borbón, que transformó de manera decisiva la configuración del Estado bajo principios absolutistas y centralizadores. Castigando su posicionamiento en la guerra a favor del archiduque Carlos de Austria, Felipe V suprimió los Fueros de Aragón y Valencia (1707), Mallorca (1715) y Cataluña (1716) con el objetivo de «reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y Tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo». Implantó mediante los Decretos de Nueva Planta un modelo único de administración territorial —que también fue aplicado en Castilla—, basado en la división en provincias gobernadas por un capitán general y una Audiencia, e introdujo el uso obligatorio del castellano como lengua administrativa. Al margen de estos decretos quedaron las Provincias de Álava y Guipúzcoa, el Señorío de Vizcaya y el Reino de Navarra, que se habían posicionado en esa guerra a favor del bando Borbón. Y esto singularizó automáticamente al territorio vasco-navarro, al ser el único espacio de la Monarquía en el que se mantuvieron vigentes los Fueros generales medievales. Esa singularidad —o anomalía, según se mire— fue transformándose en particularismo a lo largo de un proceso que se inició en el siglo XVIII y culminó en el XIX. La consolidación en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya de una jurisdicción provincial, de la provincia como cuerpo político, y la configuración de una cultura foral en el siglo XVIII, formaron parte de este proceso.
El Setecientos vasco fue también, en su primera mitad, un siglo de crecimiento económico y demográfico, que acabó agotando el modelo que lo había hecho posible. En la segunda mitad de la centuria, esto generó profundas tensiones en el seno de la comunidad tradicional, que estallaron en forma de machinadas, revueltas populares que, a la vez que expresaban esas tensiones, ponían de manifiesto el valor del Fuero como referente comunitario, aunque diversamente invocado según los distintos intereses de los sectores sociales enfrentados. Las propuestas regeneradoras planteadas desde la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, punta de lanza de la Ilustración vasca, no sirvieron para frenar la crisis, y el siglo, que se cerró como había empezado, con una nueva contienda bélica, si bien de muy distinto signo, la Guerra de la Convención, finalizó en las Provincias vascas con tensiones tan marcadas que no tardaron en mostrarse capaces de romper el frágil equilibrio comunitario y de transformar los antagonismos socioeconómicos en antagonismos político-ideológicos.
LAS PROVINCIAS EXENTAS
Provincias exentas, es decir, libres del mismo sistema de contribución fiscal y militar a la Corona que el resto de territorios de la Monarquía. Ésta es la denominación oficial que adquirieron las Provincias de Guipúzcoa y Álava y el Señorío de Vizcaya a partir de 1727, cuando Felipe V les reconoció de forma expresa esa libertad: su condición de territorios exentos. Esa exención no significaba, sin embargo, que dejaran de contribuir a la Real Hacienda o al servicio militar a la Corona. Contribuían con el pago de algunos impuestos, como los derechos de ferrerías o la alcabala encabezada de Álava y Guipúzcoa, y con donativos extraordinarios al rey. Estaban obligadas a defender su propio territorio y a ayudar al rey en caso de guerra, costeando los gastos si no superaban los límites provinciales y compartiéndolos con la Real Hacienda si eran sobrepasados (armamento foral), y contribuían como el resto de territorios costeros de la Monarquía al servicio de la Armada.
Los Fueros de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya eran corpus jurídicos resultado de la recopilación hecha en distintas épocas a partir del siglo XV de las ordenanzas de Hermandad o acuerdos del Señorío, de las disposiciones procedentes de la jurisdicción real, y de los usos y costumbres consuetudinarias de cada uno de estos territorios. En Guipúzcoa, la primera recopilación foral se hizo en el siglo XVI, en 1583, y aunque no obtuvo la confirmación real para su impresión, funcionó en la práctica como fuente de consulta para las Juntas Generales. En 1692 fue aumentada y corregida, y se imprimió en 1696, tras obtener la correspondiente real cédula, bajo el título de Nueva Recopilación de los fueros, privilegios, buenos usos y costumbres, leyes y ordenanzas de la muy noble y muy leal provincia de Guipúzcoa. Éste fue el cuaderno foral vigente hasta 1867, en que volvería a reimprimirse recogiendo nuevos añadidos. En Vizcaya, el cuaderno foral utilizado en los siglos XVIII y XIX era el Fuero Nuevo de 1526, resultado de la reforma del Fuero Viejo de 1452. En Álava no existía un corpus legal similar al de Guipúzcoa o Vizcaya, pero sus ordenanzas de gobierno medievales, recopiladas en el Cuaderno de Leyes y Ordenanzas de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Álava, aprobado en 1463 y sancionado por los Reyes Católicos en 1488, actuaban como Fueros, es decir, Álava los invocaba como tales. En 1776 ese cuaderno conoció una nueva impresión, añadiéndosele «diferentes privilegios y cédulas de Su Majestad», y en 1858 Ramón Ortiz de Zárate sistematizaría todo ese corpus jurídico en el Compendio foral de la Provincia de Álava. No existían, por consiguiente, los Fueros vascos entendidos como un corpus legal único para el conjunto de los territorios —no llegó a existir nunca—, sino distintos Fueros para Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. La foralidad vasca del Antiguo Régimen era una foralidad provincial.
Los Fueros regulaban la vida interior y exterior de estos territorios: las relaciones socioeconómicas de la comunidad, el ejercicio en ella del poder y las relaciones del territorio con la Corona. Y, además, constituían un referente cultural, un elemento de legitimación moral de la comunidad tradicional: el «gobierno del Fuero» era algo en lo que esa comunidad creía; aunque sus diversos estratos sociales lo percibieran de forma diversa, los Fueros impregnaban todo el tejido social. Desde la perspectiva de la élite dirigente, el Fuero era ante todo el instrumento y garante de su dominación social; él le reservaba el control del poder político y garantizaba el mantenimiento de su estatus socioeconómico al legitimar una sociedad oligárquica de base agraria. Desde la perspectiva del resto de la población, representaba ante todo una garantía para la subsistencia, además de una administración cercana. Los Fueros establecían un sistema proteccionista que buscaba garantizar el abastecimiento de productos agrícolas y de primera necesidad en unos territorios de agricultura endémicamente débil, y para ello impedían la exportación de trigo y permitían la libre importación de consumos, cuya reexportación quedaba a su vez también prohibida; protegían la actividad de las ferrerías prohibiendo la exportación de hierro y carbón o facilitando la explotación del bosque para obtener carbón y aprovechar la fuerza hidráulica de los ríos, y, siendo el comercio marítimo el más importante, aseguraban plena libertad de comercio con el exterior, situando las aduanas no en la línea de la costa sino en el interior.
Pese al mito de la antigua democracia vasca, los Fueros entregaban el poder político provincial a una oligarquía dueña de millares (renta procedente de bienes raíces) y poseedora de la condición de hidalguía. La base del poder estaba en los Ayuntamientos —un ámbito, el municipal, caracterizado por su diversidad organizativa, que quedaba fuera del entramado foral y era un espacio del ejercicio jurisdiccional directo de la Corona—, de donde salían designados los procuradores a Juntas Generales, que a su vez nombraban a los miembros de la Diputación y al resto de los cargos forales, excepto el de corregidor en Vizcaya y Guipúzcoa, que era de nombramiento real. Para acceder al cargo de procurador a Juntas había que ser, además de oriundo del territorio y vecino, mayor de veinticinco años, saber leer y escribir en castellano y poseer el arraigo suficiente, una fortuna en bienes raíces que, aunque no se concretaba en el caso de Guipúzcoa y Vizcaya, en Álava se fijaba en 40.000 maravedís. Para ser diputado, los requisitos eran similares. Y para ser miembro del Ayuntamiento, había que ser vecino concejante, es decir, hidalgo probado (en Álava, donde no existía la hidalguía universal reconocida por el Fuero, solamente en los pueblos donde todos los vecinos eran hidalgos) y millarista, variando la cantidad de millares exigidos en cada municipio (en las villas pequeñas de Vizcaya bastaba con ser propietario de tierra). En Vizcaya, hasta 1864 estuvo prohibido expresamente ser diputado o procurador a Juntas a las personas que ejercieran o hubieran ejercido oficios mecánicos y a quienes se dedicaran al comercio al por menor. Igual prohibición, en las tres provincias, afectaba al clero y a los abogados, típicos representantes estos últimos de las clases medias urbanas, prohibición que no se anulará para los abogados hasta los años cincuenta del siglo XIX.
Los Fueros constituían también mecanismos de administración territorial relativamente autónomos respecto al Gobierno de la Monarquía, la cual, además de reservarse el control del espacio municipal, quedaba representada en el régimen foral a través de la figura del corregidor, su más directo delegado, y de otra serie de cargos como los jueces de contrabando. El pase foral, que inicialmente estaba sólo recogido en los Fueros vizcaínos y guipuzcoanos, pero que en 1703 también Álava incorporó a sus prerrogativas, era el mecanismo que permitía preservar los Fueros de aquellas disposiciones que les pudieran resultar lesivas procedentes de órganos de gobierno exteriores a la provincia —civil (la Corona) o eclesiásticos (obispados)— mediante una suspensión que permitía «obedecer, pero no cumplir» esas órdenes.
En la cima de la escala institucional foral se encontraban las Juntas Generales, instituciones corporativas nacidas en la Edad Media como foro de reunión de los representantes de las distintas entidades territoriales que conformaban cada Provincia o el Señorío (ciudades, villas, merindades, hermandades, uniones, alcaldías mayores...) para discutir asuntos de interés común. Aunque en su origen fueron instituciones poco definidas, se dotaron progresivamente de un sistema de organización y de un conjunto de atribuciones en el curso de un largo proceso que no culminó hasta bien entrado el siglo XIX. A partir del siglo XVII, la periodicidad de sus reuniones se espació y la duración de las mismas se hizo más corta: en 1609, el Señorío de Vizcaya acordó sustituir las tres reuniones anuales por dos y, aunque el acuerdo fue derogado al año siguiente, quedó fijado definitivamente en 1748. En Guipúzcoa, las dos reuniones anuales anteriores a 1677 se transformaron desde entonces en una sola y en Álava en 1630 se redujo a la mitad el tiempo de duración de las dos reuniones anuales, que en 1783 se intentaron fundir en una, aunque el acuerdo no superó el siglo. Por debajo de las Juntas Generales estaban las Diputaciones, delegaciones de aquéllas en el tiempo en que no estuvieran reunidas y de las que dependían toda una serie de instituciones menores y de funcionarios provinciales encargados de la hacienda, el orden público, la beneficencia, etc. Las Diputaciones eran en realidad un doble organismo: existía una Diputación extensa, más numerosa —llamada Junta Particular en Álava, Diputación extensa en Guipúzcoa y Gobierno universal del Señorío en Vizcaya—, que desde el siglo XVIII sólo se reuniría ocasionalmente, y otra más reducida —llamada Diputación general en Álava y Vizcaya y Diputación ordinaria en Guipúzcoa—, que era el órgano realmente operativo. Desde mediados del siglo XVIII se inició un proceso de fortalecimiento de las Diputaciones generales —en el control de las haciendas municipales, por ejemplo, o en la jurisdicción de hidalguía—, hasta culminar en una reorganización de la jerarquía institucional foral, que hizo de ellas la institución más poderosa del sistema, un proceso que continuó y se desarrolló en el siglo XIX al llenarse de nuevas y poderosas atribuciones.
Pero no acabaron ahí las novedades introducidas en el siglo XVIII. Durante esta centuria se fortalecieron las jurisdicciones provinciales frente a las comarcales y las locales, se terminaron de definir los entramados institucionales y se acentuó el carácter oligárquico del poder. Una clara manifestación del primero de estos procesos la encontramos en Vizcaya, cuyo Señorío estaba conformado por cuatro bloques territoriales con características institucionales propias: la Tierra Llana (territorio originario del Señorío no concedido a la jurisdicción de las villas), el Duranguesado, las Encartaciones, y las veinte villas y la ciudad de Orduña. Desde el siglo XVII estos bloques se habían ido integrando, con la excepción de las Encartaciones, en un entramado provincial común, en un mismo cuerpo político de provincia, afirmando su preeminencia sobre las instituciones comarcales las centrales del Señorío, es decir, las Juntas de Guernica y la Diputación. Pero las Encartaciones (la comarca más occidental de Vizcaya) se singularizaron en este proceso, mostrando una fuerte posición de rechazo a su integración plena en el Señorío desde los años veinte del siglo XVII. Sostuvieron que constituían un cuerpo político absolutamente autónomo, incluso que eran una provincia en sí mismas, dotada de gobierno propio, de unos municipios particularmente autónomos, de un Fuero propio —el Fuero de las Encartaciones, que, aunque perdió su vigencia en 1576 al aceptarse el Fuero de Vizcaya, continuó siendo una referencia— y de instituciones propias, como las Juntas de Avellaneda, la Asamblea de Avellaneda (su Diputación), o su propio juez de la comarca, el teniente general o alcalde mayor. Ninguna de estas instituciones reconocía la superioridad de las generales del Señorío, de manera que los conflictos eran frecuentes, y lo propio hacían los municipios de las Encartaciones, defendiendo incluso su derecho a utilizar el «uso» o «pase» frente a las órdenes procedentes de autoridades foráneas —incluyendo en esta categoría a las del Señorío— para determinar si contravenían los derechos de las comunidades encartadas. La tensión entre las Encartaciones y el Señorío alcanzó su punto álgido en 1733 y se fue desinflando desde mediados de los años sesenta, aunque el proceso de integración plena en el Señorío, que comenzó en 1799 con la firma de las escrituras de unión de los valles de Gordejuela, Carranza y Somorrostro, no se completó hasta los inicios del siglo XIX, en 1806, cuando se incorporaron los diez últimos concejos que habían resistido.
La acentuación en el siglo XVIII del carácter oligárquico del régimen foral se puso de manifiesto en las Juntas Generales. En Guipúzcoa se convirtió en una práctica habitual la reelección de un mismo procurador para dos Juntas consecutivas, a pesar de prohibirlo expresamente el Título VIII de los Fueros, prohibición que las Juntas de Vergara de 1749 derogaron y que el suplemento de los Fueros redactado en 1758 recogió; a partir de entonces, los mismos nombres se repitieron en los cargos. En Vizcaya, las Juntas Generales de 1744 acordaron celebrar sus reuniones a puerta cerrada, los cargos de consultores se convirtieron desde entonces en vitalicios y se permitió que un mismo procurador ostentara la representación de más de una localidad. En Álava, los procuradores de hermandad se eligieron sin guardar los lapsos previstos en el Cuaderno de Leyes y Ordenanzas y, aunque no se logró que Carlos III reconociera esta práctica, sí que fuera bianual el cargo de procurador, con la obligación de renovar todos los años la mitad de los apoderados a Juntas (Real Provisión de 13-II-1779). Además, en 1800 se prohibió la asistencia a las Juntas Generales a toda aquella persona que no pudiera acreditar su hidalguía (Real Provisión de 27-XI). La oligarquización del poder también afectó al ámbito local y se manifestó en la desaparición del concejo abierto (asamblea de vecinos propietarios que estuvo extendida por casi todo el territorio vasco hasta finales del siglo XV), especialmente a partir de 1766, y en el aumento de requisitos para el desempeño de cargos municipales.
No sólo la pervivencia del régimen foral —que no el régimen foral en sí mismo— singularizaba el ámbito vasco del resto de la Monarquía; también desde el punto de vista social existía cierta singularidad. Aunque la sociedad vasca tradicional estaba definida por el privilegio y las relaciones comunitarias y presentaba, al igual que el resto de la Monarquía, una estructura estamental, que diferenciaciones secundarias de tipo socioeconómico hacían más compleja, tenía un componente específico que la individualizaba: la importancia cuantitativa del estamento hidalgo. Según los Fueros de Guipúzcoa y de Vizcaya, todos los oriundos de sus respectivos territorios eran hidalgos, en razón a que se les consideraba descendientes de las casas solares de la tierra (no así en Álava, donde las tierras de señorío proliferaban, refrendando en este aspecto su carácter de tierra de transición entre Castilla y el País Vasco húmedo). Pero, para que esta calidad hidalga les fuera legalmente reconocida —por ejemplo, para inscribirse en la matrícula de vecinos concejantes de su municipio—, debían probarla entablando un costoso juicio. Quienes no pudieran hacerlo, bien por no ser naturales del lugar, bien por no poder costearse el juicio, constituían el estado llano o general. Había, por tanto, hidalgos y pecheros; es decir, la hidalguía no era realmente universal. Pero se acabó convirtiendo en un rasgo diferenciador de la sociedad vasca y en una seña de identidad que fue asociando progresivamente la calidad de hidalgo a la de vasco y terminó por hacer extensivo este privilegio no a un grupo humano concreto sino a todo un territorio; de ahí que se denominara hidalguía universal. Esto tenía una importante dimensión política: frente a las crecientes exigencias fiscales del Estado dieciochesco, las Vascongadas podían esgrimir el argumento de que, si todos sus habitantes eran hidalgos, es decir, no pecheros, las provincias debían gozar igualmente de la exención de impuestos que disfrutaba el estamento nobiliario. Esta generalización teórica de la hidalguía acabó trasmutándose en una idea de igualitarismo social, que no se ajustaba por completo a la realidad.
Durante el siglo XVIII, se produjo en las Provincias exentas una asociación creciente entre Fuero y derecho territorial, es decir, el Fuero pasó a ser entendido como derecho propio de la comunidad provincial, patrimonio heredado y acumulativo indisponible y vinculado a la provincia. Se consolidó así una interpretación del Fuero como constitución provincial —expresión que comenzó a utilizarse en los años finales de la centuria—, que permitió a las Provincias de Álava y Guipúzcoa y al Señorío de Vizcaya adquirir una conciencia de cuerpo político dotado, al igual que la Monarquía, de una constitución propia, entendida en términos de Antiguo Régimen. Diseñaron así su propio modelo de engranaje en la Monarquía, su modo de estar en ella. La resistencia a la reforma orquestada desde la Corona, especialmente a partir de los años sesenta, para limitar, dentro de una lógica de Antiguo Régimen, las situaciones de privilegio y supeditarlas a sus intereses, fue decisiva en ello. En la pugna desatada por los intentos de aquélla de introducir nuevos funcionarios (intendentes, delegados de rentas, jueces de comercio o veedores) o reforzar el poder de los ya existentes (corregidores) con el objetivo de incrementar el control sobre sus súbditos y bienes patrimoniales, las provincias fueron reservándose espacios de poder y las instituciones forales, Juntas y Diputaciones, reforzándose, singularmente estas últimas. Lejos de debilitarse, como afirman interpretaciones ahistóricas y politizadas, lo que hicieron en el siglo XVIII estas provincias, sus jurisdicciones provinciales, fue fortalecerse. Y al compás de ello fue cristalizando una cultura foral —fenómeno no exclusivo del País Vasco—, que, retomando elementos preexistentes, representó a las provincias como cuerpos morales dotados de caracteres esenciales tales como la religión, la lengua y el derecho. Obras como el Escudo de la más constante fe y lealtad del abogado Pedro de Fontecha Salazar y las Conferencias curiosas, políticas, legales y morales sobre los Fueros de la M. N. y M. L. Provincia de Guipúzcoa del jesuita Manuel de Larramendi, escritas ambas a mediados del siglo XVIII, contribuyeron a construir esa representación.
A finales del siglo XVIII, la Corona, convencida de que necesitaba lograr una mayor capacidad de maniobra en los territorios vascos, respondió construyendo a su vez un discurso capaz de contrarrestar al foral. La pieza inicial de esta estrategia sería la edición, en 1802, de los dos primeros volúmenes del Diccionario Geográfico-Histórico de España de la Real Academia de la Historia, dedicados a las Provincias Vascongadas y Navarra —nada casual que comenzara por aquí la colección de volúmenes—, en cuyas páginas se criticaban los presupuestos del discurso foral de las provincias, centrando esa crítica en el momento de integración de los territorios vascos en la Corona de Castilla y desmontando la teoría pactista que defendía aquél. La segunda pieza importante fue la publicación entre 1806 y 1808 por la Imprenta Real de Madrid de la obra del canónigo Juan Antonio Llorente Noticias históricas de las tres provincias vascongadas en que se procura investigar el estado civil antiguo de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya y el origen de sus Fueros, que desmontaba toda la argumentación histórico-política de estas provincias, afirmando que fueron incorporadas a la Corona castellana «por rigurosa conquista». Llorente llegó a escribir que «la Vizcaya jamás fue república libre, soberana, independiente, sino que antes bien estuvo siempre sujeta al alto dominio de nuestros monarcas, y que en su consecuencia los Vizcaínos y su señor siempre han sido vasallos suyos». Era una estrategia dirigida a reforzar el poder del monarca sobre sus súbditos y sus bienes patrimoniales. Y era una prueba a su vez de la fortaleza alcanzada por las jurisdicciones provinciales y las culturas forales vascas.
CRISIS ECONÓMICA Y CONFLICTIVIDAD SOCIAL
Desde la segunda mitad del siglo XVIII, la sociedad vasca tuvo que hacer frente a una grave crisis económica de tipo estructural. La expansión agraria que se había producido en la primera mitad de la centuria en torno a la introducción del cultivo del maíz y el aumento de las roturaciones, respondiendo al crecimiento demográfico registrado, se estancó y se inició una etapa de malas cosechas y de alarmantes fluctuaciones en los precios agrícolas. A esta situación se reaccionó con una nueva expansión de las roturaciones que tuvo los efectos contrarios a los pretendidos pues, al ponerse en cultivo tierras de peor calidad que en la primera etapa roturadora, los rendimientos fueron decrecientes, y además hizo retroceder el bosque y los pastos, alterando el equilibrio del mundo agrícola y pastoril. Junto a la crisis agrícola, la que golpeó a la industria tradicional de las ferrerías agravó el panorama. El desarrollo de la siderurgia inglesa en el siglo XVIII y la falta de innovación tecnológica para responder a la fuerte competencia determinaron la pérdida del mercado exterior del hierro vasco, que era el que sostenía el sector, pues el mercado interno resultaba claramente insuficiente. Las ferrerías entraron en un proceso de decadencia irreversible debido a su falta de competitividad, agravada por los efectos de la deforestación, que hizo escasear la materia prima y encareció la producción de hierro.
A todo esto se sumaron las dificultades que atravesaba el tráfico colonial y que afectaban fundamentalmente al comercio guipuzcoano. El comercio bilbaíno había centralizado en su puerto desde el siglo XVII la exportación de la lana castellana, sustituyendo a Burgos como centro de control de este tráfico y desplazando a San Sebastián del circuito de la lana. Esta ciudad tuvo que buscar una salida en el mercado colonial, logrando el monopolio del comercio entre España y Venezuela a través de la Compañía Guipuzcoana de Caracas, constituida en septiembre de 1728. Pero el comercio colonial entró también en crisis en la segunda mitad del siglo XVIII, a raíz de la liberalización del comercio con América por los decretos de 1765 y 1778. Aunque estos decretos dejaron al margen a las Provincias Vascongadas, debido a que la habilitación para comerciar libremente con América requería el establecimiento de una aduana en el puerto receptor y este requisito topaba con la línea interior aduanera del régimen foral, hicieron perder a la Compañía de Caracas su monopolio y la sumergieron en una crisis irreversible hasta su disolución en 1785. Los comerciantes donostiarras buscaron la solución a sus problemas en la habilitación del puerto de San Sebastián para el comercio directo con América, pagando los derechos reales no en Cádiz sino en el propio puerto donostiarra. Pero los notables rurales se opusieron a la medida temiendo que llevara aparejada una mayor injerencia de la Corona en el territorio o incluso un traslado aduanero.
Todo este conjunto de crisis sectoriales terminó por sumergir a la economía vasca del Antiguo Régimen en una profunda crisis estructural que generó una conflictividad social creciente y que puso en grave peligro todo el equilibrio de la comunidad tradicional. La crisis enfrentó, por un lado, al campesinado y las clases populares con los grupos privilegiados y económicamente fuertes (hacendados rurales —grandes (aundikis) y más modestos (jauntxos)—, comerciantes y especuladores), que subían el precio del trigo en meses de escasez y especulaban con él, o sacaban a relucir sus privilegios estamentales desviando hacia las capas populares las crecientes cargas fiscales. Por otro lado, enfrentó a los hacendados rurales con quienes tenían intereses comerciales y reclamaban cambios en el orden foral tradicional que les permitiera superar la crisis que padecían, tensión que tuvo una mayor virulencia en Guipúzcoa al ser la provincia más afectada por el descenso del tráfico colonial. La degradación de las condiciones de vida de la mayor parte de la población hizo que proliferaran la mendicidad y los comportamientos delictivos (bandidaje y contrabando), lo que obligó a la creación de una policía rural (miñones y miqueletes) a finales del siglo XVIII, y que se repitieran los estallidos populares de violencia, denominados machinadas (término derivado de la vasquización de San Martín, Mattin [Machin], patrono de los ferrones).
El siglo había comenzado con un estallido de este tipo, la machinada de las aduanas de 1718, expresión también de las tensiones que se abrieron desde entonces entre las Provincias exentas y la Corona, que, aunque no había abolido los Fueros vascos como había hecho con los de la Corona de Aragón, no por ello estaba dispuesta a renunciar a un control más efectivo sobre el conjunto de la Monarquía. Una real orden de Felipe V, fechada el 31 de agosto de 1717, había ordenado el traslado de las aduanas interiores a la línea de costa y frontera con el objeto de crear un mercado español homogéneo. Esto suponía el traslado de las aduanas que existían en Orduña, Vitoria y Valmaseda a Bilbao, San Sebastián e Irún, y, aunque estaba dirigida en principio a reactivar el comercio, implicó el encarecimiento de los productos de consumo traídos del exterior y que hasta entonces sólo pagaban derechos aduaneros al entrar en Castilla, agravando la situación provocada por las malas cosechas de los años anteriores. El Gobierno no atendió las reclamaciones de la Junta General de Vizcaya ni de los comisionados enviados por el Señorío a Madrid para que se respetara la línea aduanera tradicional, que al parecer no fueron todo lo contundentes que cabía esperar y que frustraron las esperanzas populares puestas en ellas. En marzo de 1718 se verificó el cambio dispuesto. La tensión generada estalló entre agosto y septiembre en Vizcaya, en su costa oriental y en la zona de Bilbao, y se extendió a Guipúzcoa poco después, y lo hizo en forma de asaltos campesinos a varias casas de notables y de algunos comerciantes, e incluso asesinatos, entre ellos los del diputado general de Vizcaya Enrique de Arana y del guipuzcoano marqués de Rocaverde. El Gobierno envió al ejército para pacificar el país y se reprimió duramente a los alborotadores. En enero de 1719, una nueva real orden ratificaba la línea costera de aduanas, pero eximía ya de tasas a los productos importados para consumo interior, exceptuando el cacao, el azúcar y el tabaco. Ahora bien, como desde 1720 la Real Hacienda había constatado que el cambio aduanero no respondía a sus expectativas, un real decreto de 16 de diciembre de 1722 dispuso finalmente el traslado de las aduanas de nuevo al interior, traslado que los capitulados de 20 de noviembre de 1727, firmados entre la Corona y las provincias marítimas de Guipúzcoa y Vizcaya, confirmaron. Esos capitulados comenzaban reconociendo el carácter exento de los territorios vascos.
Si la de 1718 fue la primera machinada importante del siglo XVIII, la segunda tuvo lugar en 1755 y se desencadenó a raíz de la prohibición por las Juntas Generales de Guipúzcoa de la extracción de ganado de la provincia, obligando a que su venta se destinara sólo al mercado provincial, con el objeto de proteger a los consumidores de reventas que encarecían los precios y de falsas escaseces de carne. Pero cuando el acuerdo fue remitido a los municipios, los alcaldes de doce de ellos —municipios de la Guipúzcoa interior en una zona limítrofe con Álava y Navarra y coincidente con el área donde se extendió la machinada de 1718— se negaron a cumplirlo, alegando que sus campesinos vendían habitualmente sus productos ganaderos en mercados no guipuzcoanos, y movilizaron a la población en una algarada de protesta contra las autoridades provinciales. Éstas reaccionaron retirando la prohibición, pero también organizando la represión de los amotinados, solicitando incluso para ello ayuda militar al capitán general de la provincia. Y la machinada se desactivó.
Once años después, en 1766, volvió a repetirse un estallido de violencia popular similar, esta vez inserto en el marco más amplio del centenar aproximado de motines que sacudieron la Monarquía desde que en el mes de marzo estalló en Madrid el más influyente de todos ellos, el motín de Esquilache. El que se produjo en las Provincias vascas fue desencadenado por una subida del precio del grano, provocada por prácticas acaparadoras de comerciantes especuladores, perceptores y arrendadores de diezmos y ricos hacendados, que, para obtener mayores beneficios, buscaban exportarlo al amparo de la Pragmática de 10 de julio de 1765, que había decretado el libre comercio de granos. El 14 de abril estalló la machinada en la villa guipuzcoana de Azpeitia y se extendió por el interior (Goierri) y el noroeste de Guipúzcoa, contagiando a localidades limítrofes vizcaínas y saltando también a alguna población alavesa. Multitudes armadas recorrieron los pueblos asaltando graneros, quemando ordenanzas municipales y obligando a los cabildos a decretar nuevas disposiciones sobre venta de granos o anulando el sistema castellano de pesos y medidas introducido en 1728 y reponiendo el sistema tradicional. En poblaciones como Motrico o Mondragón el clero fue también blanco de las iras populares. Las reclamaciones que les plantearon los machines fueron: que no se pagara el diezmo de la castaña y la manzana, que ningún clérigo acumulase más de dos capellanías, que no se cobrasen derechos por la administración de los sacramentos, que la primicia no se sacase a subasta, etc. Pero de ello no hay que inferir que se tratara de una revuelta antieclesiástica. Es más, una parte del clero vasco —los jesuitas de Azpeitia— estuvo al lado de los sublevados. El diputado José Joaquín Emparán llegó a denunciar que el santuario de Loyola «fue el taller del tumulto; y acaso la oficina en que con más viveza se han labrado especies, para dar cuerpo al alboroto». Fuera así o no, lo cierto es que el rector del Santuario, el padre Mendizábal, protegió a los canteros de las obras de la basílica cuando vinieron a detenerlos por su implicación en la algarada. Esto aumentó la mala fama de los jesuitas, a los que en toda España se consideraba políticamente peligrosos, y contribuyó a decidir a Carlos III a decretar la expulsión de la Compañía de Jesús en 1767.
Como las anteriores, la machinada de 1766 acabó siendo reprimida por las propias autoridades provinciales y, también como las anteriores, fue manifestación del malestar campesino y de las tensiones y contradicciones acumuladas en el seno de la sociedad vasca tradicional, que se representaba a sí misma en clave igualitaria e hidalga pero que escondía antagonismos tan marcados. Y, también como las anteriores, puso de manifiesto el valor del Fuero como código comunitario de conducta, lo que se ha dado en llamar la economía moral del Fuero, y las diferentes lecturas de que era susceptible: la apelación a «la norma y costumbre del País» fue hecha tanto por los machines como por los notables, pero desde supuestos de asimilación del componente foral completamente distintos.
LA ILUSTRACIÓN VASCA
La Ilustración, filosofía del progreso fundada sobre los principios del racionalismo y el naturalismo, convirtió al siglo XVIII en el Siglo de las Luces, abriendo nuevos horizontes a la economía, la política, la sociedad, la ciencia y la religión. Pero fue por encima de todo un movimiento de divulgación y aplicación práctica de los grandes principios establecidos por la filosofía y la investigación científica del siglo XVII, entre ellos los del empirismo inglés (Newton, Locke...) y su actitud escéptica hacia la religión y las instituciones tradicionales, incluida la Monarquía. Las ideas de la Ilustración se expandieron por toda Europa y llegaron a España en el último tercio del siglo XVIII, donde adquirieron características singulares, hasta el punto de poderse hablar propiamente de un movimiento ilustrado español. Su pragmatismo alejado de abstracciones filosóficas y su compatibilidad con un cristianismo renovador, que hizo de la reforma de la Iglesia uno de sus objetivos principales, le otorgaron un sello característico. Su base social estuvo compuesta de aristócratas, funcionarios, eclesiásticos, militares, profesiones liberales... e incluso alguna mujer de la aristocracia, como la hija del conde de Oñate, María Isidra de Guzmán y Larache, que llegó a ser doctora en Filosofía por la Universidad de Alcalá e ingresó en la Sociedad Matritense cuando Carlos III autorizó la entrada en ella de mujeres.
El País Vasco fue una de las plazas fuertes de la Ilustración española, y su expresión señera en él fue la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, que proporcionó el modelo para la creación de más de ochenta sociedades económicas repartidas por toda la Monarquía. Un grupo de nobles guipuzcoanos, conocido como «el triunvirato de Azcoitia» y formado por Francisco Xavier de Munibe (conde de Peñaflorida), Joaquín de Eguía (marqués de Narros) y Manuel Ignacio de Altuna, conocedores de la Ilustración francesa, idearon la creación de una sociedad dedicada a impulsar el progreso en las Provincias Vascongadas y dar respuesta a los síntomas de crisis que habían detectado en el país mediante un proyecto reformista. La idea se concretó en un proyecto titulado Plan de una Sociedad Económica o Academia de Agricultura, Ciencias y Artes útiles y Comercio, adaptado a la economía y circunstancias particulares de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa, presentado a la Junta General de Guipúzcoa de 1763. Al año siguiente, en el mes de diciembre, quedó constituida la Sociedad, que en febrero de 1765 inició su actividad, y en septiembre de 1770 Carlos III la tomó bajo su protección. Fue la primera institución que se propuso fomentar la fraternidad vascongada: de hecho adoptó como emblema tres manos enlazadas en representación de esta idea bajo el lema Irurac bat («Las tres una»), y desplegó su actividad en forma de reuniones semanales en los tres territorios y en una junta anual que se celebraba de forma rotatoria en Vitoria, Bilbao y Vergara.
Para poder llevar a cabo sus objetivos, la Real Sociedad Bascongada creó varios centros docentes repartidos por las tres provincias, comenzando por
